Auto Supremo AS/0577/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2020-RRC

Fecha: 16-Oct-2020

En cuanto a las pruebas documentales producidas por el Ministerio Público consistentes en PD-1 (acta


En cuanto a las pruebas documentales producidas por el Ministerio Público consistentes en PD-1 (acta de denuncia de 27 de enero de 2015), el Juez no observó que resulta contraria a las pruebas PD-2, PD-3 y PD-5. Con relación a la prueba PD-15 consistente en una declaración ampliatoria de la supuesta víctima, resulta contradictoria, al señalar que se realizó una llamada telefónica, pero de manera sobre natura la denunciante puede ver los ademanes que su persona puede hacer con las manos, alegando el juez que “se establece que el imputado agredía verbalmente a la víctima cuando esta le solicitaba dinero para la manutención de su hija en común”. Con relación a las pruebas PD16 y 18, el Juez sin fundamento estableció que su persona agredía verbalmente a la víctima. En cuanto a la prueba PD17 consistente en acta de declaración de Griselda Valdivia, su persona solicitó su exclusión; no obstante, fue tomada en cuenta en la Sentencia