Auto Supremo AS/0577/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0577/2020-RRC

Fecha: 16-Oct-2020

Errónea e inexistente fundamentación descriptiva de la Sentencia y errónea apreciación de la prueba, por


Notificado con la Sentencia, Daniel Coronado Guzmán, interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes fundamentos:

Errónea e inexistente fundamentación descriptiva de la Sentencia y errónea apreciación de la prueba, por cuanto, la supuesta víctima contradice su declaración que debió ser tomada en cuenta por el Juez conforme consta de las pruebas presentadas por su parte consistentes en: PD-1 (acta de denuncia), que prueba que el hecho jamás existió, PD-2 (informe de inicio de investigación), que señala que la fecha de denuncia fue el 27 de enero de 2015 y no el 22 de enero de 2015, PD-3 (acta de declaración de la supuesta víctima), que evidencia que la denuncia fue presentada el 27 de enero de 2017, señalando que los hechos ocurrieron a las 18:30; empero, no fue tomada en cuenta por el Juez; PD-5 (informe del investigador asignado al caso), que evidencia la contradicción respecto al domicilio de su persona, por lo que el Juez debió obrar respetando el principio de inocencia. Añade, no se valoró objetivamente la declaración de la testigo de cargo Yovana Miroslava Michel, que fue cambiada a solicitud de la víctima, alegando el Tribunal de mérito que establece la existencia de agresiones verbales, no valorando que dicha declaración precisó que no existieron testigos del supuesto hecho. La Sentencia en su punto 1.3 en relación a la declaración de José Elías Ayala, afirma que no existe agresión física a la víctima, lo que evidencia que la víctima mintió en su denuncia, resultando además contradictoria en las fechas, por lo que el Juez debió establecer que no existió la agresión física. En relación a la declaración de la testigo Carla Michelle Carrillo, el Juez sin fundamento señaló que se establecía que no hubo agresión física, cuando pudo establecer que el hecho jamás existió