Errónea e inexistente fundamentación descriptiva de la Sentencia y errónea apreciación de la prueba, por
Notificado con la Sentencia, Daniel Coronado Guzmán, interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes fundamentos:
Errónea e inexistente fundamentación descriptiva de la Sentencia y errónea apreciación de la prueba, por cuanto, la supuesta víctima contradice su declaración que debió ser tomada en cuenta por el Juez conforme consta de las pruebas presentadas por su parte consistentes en: PD-1 (acta de denuncia), que prueba que el hecho jamás existió, PD-2 (informe de inicio de investigación), que señala que la fecha de denuncia fue el 27 de enero de 2015 y no el 22 de enero de 2015, PD-3 (acta de declaración de la supuesta víctima), que evidencia que la denuncia fue presentada el 27 de enero de 2017, señalando que los hechos ocurrieron a las 18:30; empero, no fue tomada en cuenta por el Juez; PD-5 (informe del investigador asignado al caso), que evidencia la contradicción respecto al domicilio de su persona, por lo que el Juez debió obrar respetando el principio de inocencia. Añade, no se valoró objetivamente la declaración de la testigo de cargo Yovana Miroslava Michel, que fue cambiada a solicitud de la víctima, alegando el Tribunal de mérito que establece la existencia de agresiones verbales, no valorando que dicha declaración precisó que no existieron testigos del supuesto hecho. La Sentencia en su punto 1.3 en relación a la declaración de José Elías Ayala, afirma que no existe agresión física a la víctima, lo que evidencia que la víctima mintió en su denuncia, resultando además contradictoria en las fechas, por lo que el Juez debió establecer que no existió la agresión física. En relación a la declaración de la testigo Carla Michelle Carrillo, el Juez sin fundamento señaló que se establecía que no hubo agresión física, cuando pudo establecer que el hecho jamás existió
- Por memorial presentado el 11 de febrero de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Daniel Coronado Guzmán formuló recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación de Daniel Coronado Guzmán; y, del Auto Supremo 794/2019-RA
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el “Auto de Vista No
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 794/2019-RA de 10 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 37/2018 de 26 de julio, el Juzgado Noveno de Sentencia Penal y Anticorrupción
- II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado
- Errónea e inexistente fundamentación descriptiva de la Sentencia y errónea apreciación de la prueba, por
- En cuanto a las pruebas documentales producidas por el Ministerio Público consistentes en PD-1 (acta
- Respecto a las documentales de descargo producidas por su defensa signadas como PD 2 y
- En cuanto a las pruebas periciales producidas por la defensa el Juez cometió error en
- La Sentencia no hace una fundamentación analítica o intelectiva en cuanto a las pruebas producidas,
- Respecto al defecto previsto por el art
- En cuanto al defecto de sentencia previsto por el art
- Añade, que la sentencia cumplió con las reglas establecidas en relación a la fundamentación y
- En el presente caso, ante la concurrencia de los presupuestos de flexibilización, este Tribunal admitió
- III
- En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el
- Entonces, la actuación desarrollada por el juez o Tribunal es controlada por el Tribunal de
- III.2. Análisis del caso concreto
- Reclama el recurrente que el Auto de Vista impugnado incurrió en revalorización del dictamen pericial
- Conforme se precisó en los antecedentes procesales vinculados al recurso, ante la emisión de la
- De la fundamentación expuesta respecto al primer punto que cuestiona el recurrente, se advierte que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A efectos de lo previsto por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
