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No sería cierto las denuncias efectuadas, puesto que el desglose de la prueba no significa retiro de la demanda, a ello, debe adicionarse que dicho aspecto no fue cuestionado oportunamente, máxime cuando por mandato del art. 150 del Código Procesal Civil, los testimonios, copias, copias legalizadas y certificaciones, tienen el valor legal otorgado al documento original
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