Segundo, en el primer punto se dejó en claro que no es cierto que la
Primero, Percy Chocano Nuñez, en su libro Derecho Probatorio y Derechos Humanos, editorial Idemsa, Lima-Perú, pág. 103, en cuanto al principio de la comunidad de la prueba escribe: “La prueba no pertenece exclusivamente al que ofrece el medio de prueba. Una vez incorporada al proceso debe tenérsele en cuenta para determinar la existencia o inexistencia del hecho a que se refiere, pasando a ser de interés común”.
Segundo, en el primer punto se dejó en claro que no es cierto que la demanda por el desglose de documentos haya quedado desprovista de prueba de cargo, porque en su lugar quedó fotocopia de la prueba documental, misma que fue valorada correctamente
Segundo, en el primer punto se dejó en claro que no es cierto que la demanda por el desglose de documentos haya quedado desprovista de prueba de cargo, porque en su lugar quedó fotocopia de la prueba documental, misma que fue valorada correctamente
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- En el fondo
- 2
- Solicitó se emita un Auto Supremo casando el Auto de Vista y deliberando en
- El pretensor respondió al recurso de casación manifestando que el recurrente presento prueba irrelevante consistente
- No sería cierto las denuncias efectuadas, puesto que el desglose de la prueba no significa
- CONSIDERANDO III
- Conforme lo señalado podemos advertir que el art
- Con relación al principio de comunidad de la prueba, el Auto Supremo Nº 184/2015 de
- CONSIDERANDO IV
- Con dicha respuesta los vocales asumieron que no hubo retiro de la prueba como entiende
- Segundo, en el primer punto se dejó en claro que no es cierto que la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
