Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0541/2020
Fecha: 10-Nov-2020
Distrito: Cochabamba
Distrito: Cochabamba
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Proceso: Nulidad por Fraude Procesal en proceso ejecutivo y por falsificación de firma y rubrica
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Distrito: Cochabamba
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CONSIDERANDO I
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CONSIDERANDO II
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Denuncia la vulneración de su derecho al debido proceso, argumentando que el Tribunal de alzada
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Con base en estos argumentos solicita que este Tribunal case el Auto de Vista impugnado
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De la respuesta al recurso de casación
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Sostiene que el recurso de casación interpuesto por el demandado no cumple con los requisitos
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Indica que es obligación del recurrente amparar su recurso con disposiciones legales que rigen la
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Refiere que en el recurso de casación, el recurrente no hace mención alguna al error
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Señala que el recurrente no cita con términos claros y concretos la resolución que se
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CONSIDERANDO III
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Respecto al planteamiento del recurso de casación se tiene entre otros, el razonamiento expuesto en
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Al respecto, Gonzalo Castellanos Trigo en su obra “Análisis doctrinal y jurisprudencial del Código de
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III.2. Sobre el principio de preclusión y convalidación
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El Auto Supremo Nº 120/2017 de 03 de febrero, ha desarrollado los principios que rigen
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El principio descrito tiene estrecha relación con el principio de convalidación, que consiste en que
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CONSIDERANDO IV
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En el presente caso, el recurrente se ha limitado a reiterar los argumentos de su
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En efecto, si nos remitimos a los antecedentes de la presente causa, concretamente a lo
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Es por esta razón que el Tribunal de alzada concluyó que en este caso, no
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Se regula honorarios profesionales para el abogado que responde al recurso de casación en la
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
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