Auto Supremo AS/0547/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0547/2020

Fecha: 11-Nov-2020

En el sub judice, conforme se puntualizó en los puntos precedentes no se llega a

En el sub judice, conforme se puntualizó en los puntos precedentes no se llega a configurar los elementos constitutivos de error sustancial o dolo invocados como base jurídica en su pretensión, además de no existir otro elemento probatorio para descreditar o enervar la tesis que los demandantes tenían conocimiento de la inundación que surgió en la gestión 2012, como para alegar desconocimiento o posible dolo en el actuar de la demandada, por otro lado si bien puede ser coherente la postura que bajo la sana crítica, las afectaciones por crecida de rio pueden ser advertida por el conocimiento general y no necesariamente por determinaciones de autoridades públicas, sin embargo bajo esa misma regla, surge la hipótesis expresada por el Ad quem, en sentido que con la sola visita al bien pudo observar que se encontraba cerca al río acre, lo cual pudo conllevar o no una posible inundación, en otros términos, los referidos reclamos no son aspectos contundentes como para acreditar su pretensión, resultando insustanciales sus reclamos como para cambiar las determinaciones asumidas por los jueces de instancia, quienes aunque con otro criterio obraron conforme a derecho