Auto Supremo AS/0626/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0626/2020

Fecha: 23-Nov-2020

Dispuso en consecuencia, que la Empresa Farmaurgencias SRL

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió la Sentencia N° 32/2018 de 16 de julio (fojas 66 a 69), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 5 a 6, aclarada a fojas 9, en cuanto a desahucio, indemnización, duodécimas de aguinaldo por las gestiones 2015 y 2016, doble por incumplimiento en el pago oportuno, duodécimas del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” correspondiente a la gestión 2015 y salarios devengados por 11 meses; e IMPROBADA respecto a la vacación.
Dispuso en consecuencia, que la Empresa Farmaurgencias SRL., a través de sus representantes legales, Juan Carlos Estrada Ibáñez y Lidia Ibáñez de Estrada, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia y bajo conminatoria de ley, deberán hacer efectivo el pago de los derechos y beneficios sociales demandados por Jhanet Cuellar Tococari, de acuerdo con el detalle siguiente:
Sueldo promedio indemnizable: Bs. 1.500,00
Tiempo de trabajo: 11 meses

Desahucio (3 salarios):Bs.4.500,00
Indemnización (11 meses):Bs.1.375,00
Aguinaldo (2015 – Jun. a Dic. Doble):Bs.1.625,00
Aguinaldo (2016 – Ene. a 15 May. Doble):Bs.1.125,00
Segundo Aguinaldo (2015 – Jun. a Dic.):Bs.812,50
Salarios devengados (11 meses):Bs.16.500,00
SUB TOTALBs.12.178,00
Menos lo cancelado (fs, 46-49 y 61):Bs.16.600,00
TOTALBs.9.337,50

I.2. Auto de Vista