El principio de primacía de la realidad.
En materia laboral rige el principio de la primacía de la realidad; en cuya virtud, para la interpretación de las relaciones entre empleadores y trabajadores se debe tomar en cuenta, lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que las partes han contratado formalmente o de manera aparente; en cumplimiento a lo prescrito por los arts. 48-II de la CPE y 4-I-d) del DS N° 28699.
Es así que, bajo este principio, la autonomía de la voluntad carece de relevancia, prevaleciendo sobre ella la necesidad de demostrarse la realidad que impera sobre la relación laboral; de tal forma, si bien el empleador y trabajador pueden acordar determinada acción; y sin embargo, en la realidad se configura otra distinta, es esta última la que tiene efectos jurídicos, es decir, en definitiva, son los hechos los que determinan la naturaleza de la relación y no así su denominación.
En ese sentido, el art. 5 del DS N° 28699 de 1 de mayo de 2006, señala: "Cualquier forma de contrato, civil o comercial, que tienda a encubrir la relación laboral no surtirá efectos de ninguna naturaleza, debiendo prevalecer el principio de la realidad sobre la realidad aparente". Por ello, en cumplimiento al principio de la primacía de la realidad que rige en el derecho laboral, destinado a identificar si una determinada actividad se enmarca en las normas del Derecho Procesal Laboral, observando aspectos inherentes a la prestación de la fuerza de trabajo, como requisito ineludible a la naturaleza objetiva de la verdad material y no aparente que reflejan algunos documentos o convenios pactados entre los sujetos procesales.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIASALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERAAUTO SUPREMO N° 606Sucre, 14 de diciembre de 2020
- Expediente: 353/2020-S
- Demandante: Cinthia Gabriela Tórrez Álvarez
- Demandado: Corporación del Seguro Social Militar "COSSMIL"
- Proceso: Social
- Departamento: La Paz
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- PROBADA
- Auto de Vista:
- REVOCÓ
- II.- RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de Casación de COSSMIL.
- 1.-
- 2.-
- Petitorio.
- Contestaciones.
- Concesión y Admisión:
- Doctrina aplicable al caso:
- Del principio de "libre apreciación de la prueba":
- El principio de primacía de la realidad.
- El principio de verdad material
- Características esenciales de la relación laboral
- Sobre el derecho a las Vacaciones
- Resolución del caso concreto:
- Recurso de Casación de la demandante Cinthia Gabriela Torrez Álvarez:
- 3.-
- POR TANTO:
