VISTOS:
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 394 a 397 y de fs. 402 a 410, interpuestos por una parte por la Corporación del Seguro Social Militar "COSSMIL", representada por Efraín Condori Mayta; y por otra por la demandante Cinthia Gabriela Torrez Álvarez, contra el Auto de Vista N° 250/2019 de 6 de noviembre, de fs. 382 a 385, emitida por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de pago de beneficios sociales y otros interpuesto por Cinthia Gabriela Torrez Álvarez, contra COSSMIL, el Auto N° 193/2020 de 10 de septiembre de fs. 429 vta., por el que se concedió los recursos; el Auto de 19 de octubre de 2020 de fs. 439, que admitió ambos recursos y todo cuando ver convino y se tuvo presente; y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIASALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERAAUTO SUPREMO N° 606Sucre, 14 de diciembre de 2020
- Expediente: 353/2020-S
- Demandante: Cinthia Gabriela Tórrez Álvarez
- Demandado: Corporación del Seguro Social Militar "COSSMIL"
- Proceso: Social
- Departamento: La Paz
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- PROBADA
- Auto de Vista:
- REVOCÓ
- II.- RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de Casación de COSSMIL.
- 1.-
- 2.-
- Petitorio.
- Contestaciones.
- Concesión y Admisión:
- Doctrina aplicable al caso:
- Del principio de "libre apreciación de la prueba":
- El principio de primacía de la realidad.
- El principio de verdad material
- Características esenciales de la relación laboral
- Sobre el derecho a las Vacaciones
- Resolución del caso concreto:
- Recurso de Casación de la demandante Cinthia Gabriela Torrez Álvarez:
- 3.-
- POR TANTO:
