De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra petita”, que se produce al otorgar más de lo pedido; “extra petita”, al extender el pronunciamiento a cuestiones no sometidas a la decisión del Tribunal; y cuando omite decidir cuestiones que son materia de expresión de agravios por el apelante (citra petita); en este entendido, este Tribunal Supremo de Justicia ha orientó a través del Auto Supremo Nº 304/2016 de 6 de abril que, citando al Auto Supremo Nº 11/2012 de 16 de febrero de 2012, señaló que: “Todo Auto de vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación conforme lo determina el art. 236 del Código de procedimiento Civil, toda vez que la infracción de este principio determina la emisión de fallos incongruentes como: a) Auto de Vista Ultra Petita, cuando el tribunal de alzada se pronuncia más allá del petitorio o los hechos; b) Auto de Vista extra petita, cuando el tribunal a quem se pronuncia sobre un petitorio o hechos no alegados; c) Auto de Vista citra petita, en el caso en que el tribunal de alzada omite totalmente el pronunciamiento sobre las pretensiones formuladas; d) Auto de Vista infra petita, cuando el tribunal a quem no se pronuncia sobre todos los petitorios o todos los hechos relevantes del litigio; omisiones y defectos del Auto de Vista que infringen el debido proceso”
- Expediente: CH-37-20-S
- Proceso: Cumplimiento de contrato
- CONSIDERANDO I
- 2
- De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta
- III.1. Del principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
- La Jurisprudencia Constitucional desarrolló el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R de
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- De igual forma, el Auto Supremo Nº 254/2014 de 27 de mayo orientó respecto a
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- III.2. Del principio de impugnación
- El Auto Supremo N° 975/2016 de 18 de agosto fue preciso al señalar que: “La
- En ese entendido se encuentra el recurso de apelación, derecho que cuenta la parte agraviada
- Dado que los reclamos se centran en la resolución incorrecta del Auto de Vista impugnado,
- Asimismo, el demandante adiciona elementos aclaratorios de su pretensión relativa al incumplimiento del citado contrato
- El Código Civil en su Art
- Por otra parte si bien nuestra legislación en el art
- En cuanto al contrato de compra y venta el art
- Acudiendo a la doctrina sobre este tipo de contratos típicos podemos citar a R
- En esa línea el contrato de compra venta establece como características la existencia del consentimiento
- De lo cual se colige que la normativa civil respecto a los contratos de
- De lo que se advierte que el Tribunal de apelación al anular obrados por improponibilidad
- En conclusión, se advierte que el Tribunal de alzada, a tiempo de emitir su resolución
- Sin multa por ser excusable
- Póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo, en virtud
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
