Auto Supremo AS/0631/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0631/2020

Fecha: 02-Dic-2020

En esa línea el contrato de compra venta establece como características la existencia del consentimiento

En esa línea el contrato de compra venta establece como características la existencia del consentimiento de las partes, perfeccionándose consensualmente desde el momento que las partes manifiestan su voluntad, vale decir que en este tipo de contratos dicha manifestación es suficiente para dar nacimiento al mismo, sin necesidad de formalidad alguna, es también bilateral porque genera obligaciones tanto para el comprador como para el vendedor, esto es para el vendedor la entrega de la cosa vendida que genera a su vez la obligación del comprador de pagar el precio; sin embargo ambas partes dependiendo del caso asumen la situación jurídica de sujeto activo y pasivo a la vez dependiendo cuál de las partes haya cumplido e incumplido el mismo