Auto Supremo AS/0645/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0645/2020

Fecha: 03-Dic-2020

en la forma

Resulta indispensable tomar en cuenta la naturaleza del recurso de casación en la forma, y el fin que este persigue, conforme se ha establecido en el acápite III.1 de la Doctrina Legal para el caso del recurso formulado en autos. Es así que, al haberse planteado recurso de casación en la forma, corresponde al Tribunal de casación únicamente establecer si el Tribunal de alzada, respondió o no a los reclamos formulados por el ahora recurrente en el recurso de apelación, estando impedido a ingresar al análisis de aspectos de fondo.

Efectuada la puntualización precedente, se tiene que el recurrente básicamente denuncia la transgresión del art. 265.I. del Código Procesal Civil, pues, a decir del recurrente,  la resolución de segundo grado no dio respuesta a los reclamos planteados en el recurso de apelación deducido en el memorial de fs. 518 a 522, por lo que el Auto de Vista impugnado, además de haber sido pronunciado en violación a la norma procedimental, transgredió el principio de congruencia al no existir correlación entre lo pedido y lo resuelto.