III.1.
Debe tenerse en cuenta que el recurso de casación en la forma puede plantearse ante la existencia de un error formal, cuando se afecta el desarrollo normal del proceso, por lo que es en atención a la naturaleza del error que se activa el recurso de casación, siendo el recurso de casación en la forma o nulidad, el idóneo para contrarrestar los errores formales, contando este medio de impugnación con reglas precisas de fundabilidad, consiguiente el art. 271 del Código Procesal Civil delimita taxativamente las causales que permiten el recurso de casación en la forma, siendo este un medio de impugnación, cuya finalidad es lograr la nulidad del acto impugnado por haber violado alguna norma procedimental.
- VISTOS:
- 1.-
- 2.-
- casación en la forma,
- III.1.
- III.2. De los principios que rigen las nulidades procesales
- III.- Del principio de congruencia.
- en la forma
- la congruencia es la correlación existente entre lo demandado y lo resuelto
- a)
- la sentencia cumplió con la debida motivación y justificación
- POR TANTO:
