Auto Supremo AS/0088/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2020

Fecha: 20-Feb-2020

Auto de Admisión

Petitorio:
Pidió conceder el recurso de casación y se case el Auto de Vista N° 29/2019 de 19 de junio.
Mediante formulario de notificación en Secretaria, de fs. 242, se tiene que la señora Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales fue notificada con el memorial de recurso de casación interpuesto por Oscar Edwin Carrillo Manel, no cursa respuesta hasta la fecha, así se tiene acreditado por el Auto de 30 de julio de 2018 de fs. 244.
Auto de Admisión:
Por Auto Supremo N° 410 de 14 de agosto de 2019, de fs. 253 a 254, la presente Sala, Admitió el recurso de casación en el fondo de fs. 236 a 239, interpuesto por Oscar Edwuin Carrillo Manel contra el Auto de Vista 29/2019 de 19 de junio y declaró Improcedente el recurso de casación en la forma.
III: FUNDAMENTOS JURÍDICOS Y DOCTRINALES DEL FALLO
En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente en su recurso de casación en el fondo, de acuerdo a la problemática planteada, se realiza una interpretación desde y conforme la Constitución Política del Estado, el bloque de constitucionalidad y las normas ordinarias aplicables al caso concreto; en ese marco corresponden las siguientes consideraciones de orden legal:
Bajo ese marco, se observa que el recurrente pretende rebatir lo establecido tanto en la Sentencia como en el Auto de Vista recurrido, en cuanto a la existencia de causal justificada para el despido de la demandante, por haber adecuado su actuar a lo previsto por el art. 16 inc. g) de la LGT. y art. 9 inc. g) del DRLGT, en mérito a la Sentencia Condenatoria N° 22/2017 de fs. 128 a 131, lo que conllevaría a la pérdida del pago del desahucio e indemnización previstas por los artículos referidos al exordio, prueba que indica, no fue valorada por el Tribunal Ad quem y que vulneraria el principio de verdad material previsto en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE)