VISTOS: El recurso de casación de fs
Departamento : Beni
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 236 a 239, interpuesto por Oscar Edwin Carrillo Manel, impugnando el Auto de Vista Nº 29/2019 de 19 de junio, de fs. 222 a 226, emitido por la Sala Social en Materia de Trabajo y Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso de pago de beneficios sociales y otros, seguido por Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales contra Oscar Edwin Carrillo Manel; el Auto de fs. 244 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo N° 410 de 14 de agosto de 2019 de fs. 253 a 254 de admisión del recurso de casación en el fondo; los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Tramitado el proceso para el pago de beneficios sociales, el Juez Público de la Niñez y Adolescencia y del Trabajo y Seguridad Social 1° Riberalta, emitió la Sentencia N° 41/2018 de 18 de septiembre, de fs. 189 vlta. a 195, declarando PROBADA EN PARTE la demanda presentada por Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales contra Oscar Edwin Carrillo Manel, propietario de la quinta “Bolívar-Cholero”, con costas, ordenando que este último cancele a favor de la actora de Bs. 62.051, por bono de antigüedad, desahucio, indemnización, vacación, aguinaldo, asignación familiar y multa, más los derechos que correspondan de actualización, señalada en el art. 9 del DS. N° 28699
Magistrado Relator : Lic. José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 236 a 239, interpuesto por Oscar Edwin Carrillo Manel, impugnando el Auto de Vista Nº 29/2019 de 19 de junio, de fs. 222 a 226, emitido por la Sala Social en Materia de Trabajo y Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso de pago de beneficios sociales y otros, seguido por Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales contra Oscar Edwin Carrillo Manel; el Auto de fs. 244 que concedió el recurso de casación; el Auto Supremo N° 410 de 14 de agosto de 2019 de fs. 253 a 254 de admisión del recurso de casación en el fondo; los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia.-
Tramitado el proceso para el pago de beneficios sociales, el Juez Público de la Niñez y Adolescencia y del Trabajo y Seguridad Social 1° Riberalta, emitió la Sentencia N° 41/2018 de 18 de septiembre, de fs. 189 vlta. a 195, declarando PROBADA EN PARTE la demanda presentada por Anaid Jackeline Rodríguez Gonzales contra Oscar Edwin Carrillo Manel, propietario de la quinta “Bolívar-Cholero”, con costas, ordenando que este último cancele a favor de la actora de Bs. 62.051, por bono de antigüedad, desahucio, indemnización, vacación, aguinaldo, asignación familiar y multa, más los derechos que correspondan de actualización, señalada en el art. 9 del DS. N° 28699
- Proceso
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Interpuesto el recurso de casación por la parte demandada, el recurrente estableció en su memorial
- El Auto de Vista infringió los artículos antes mencionados, al señalar que para la aplicación
- Auto de Admisión
- En este supuesto, cuando se acusa la falta o errónea apreciación de las pruebas, no
- Ello constituye un error de hecho en la apreciación de la prueba; por lo tanto,
- En ese contexto, debemos recordar que el recurso de casación, se asimila a una demanda
- En el caso que se examina y conforme cursa a fs
- Se aclara también que esta sanción si bien afecta al pago del Desahucio; empero, no
- Consecuentemente, conforme lo expuesto, habiéndose determinado la errónea apreciación de la prueba del juez de
- Sin costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
