De la respuesta al recurso de casación
Solicitó fallar casando el Auto de Vista de 11 de septiembre de 2019, confirmando la improcedencia de la demanda y declarando procedente la acción reconvencional o usucapión decenal.
De la respuesta al recurso de casación
De la respuesta al recurso de casación
- Proceso: Entrega de inmueble y otros
- CONSIDERANDO I
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- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Pablo Caero Garey, se extractan
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- Petitorio
- De la respuesta al recurso de casación
- No existe respuesta
- III.1. Requisitos de la usucapión y la interversión del título
- El Auto Supremo Nº 142/2015 de 06 de marzo expresó: “De inicio corresponde señalar que
- Con relación a los requisitos o caracteres mencionados debemos referir que éste Tribunal Supremo mediante
- En relación a lo anterior, Planiol, citado en la obra “Tratado de Los Derechos Reales”
- No obstante, para que opere la interrupción civil de la prescripción adquisitiva, quien considere tener
- Establecidos esos aspectos generales, corresponde precisar que, no toda acción o controversia judicial genera el
- 2) La posesión pública, en términos generales es aquella que se ejerce frente a la sociedad,
- La posesión clandestina es aquella que se opone a la posesión pública
- 3) Sobre la posesión pacífica o no violenta, entendida por la doctrina como aquella que está
- En ese marco, como sostiene el Autor peruano Moisés Arata Solís, este requisito debe entenderse
- Por otro lado si la posesión pacífica fuese aquella que no lesiona la situación jurídica
- De la inmutabilidad de la causa de la posesión y la interversión del título
- En el Auto Supremo Nº 308/2017 de 27 de marzo de 2017, se estableció doctrina
- La primera parte del texto legal describe el inicio de la aprehensión de la cosa,
- Sobre la “interversión del título” este Tribunal ha emitido el Auto Supremo N° 727/2016 de
- La posesión como hecho, según se ejerza sobre muebles o inmuebles, reconoce variaciones en cuanto
- Al respecto la jurisprudencia argentina estableció que, no basta la mera detentación de la cosa,
- La jurisprudencia argentina refiere además: para que sea posible la interversión del título de la
- El autor Atilio Alterini doctrinario argentino, ha destacado que, la mera voluntad del tenedor no
- Para que se produzca la interversión de título de tenedor en poseedor se requiere que
- Así, la mera declaración de voluntad o la mera intención no bastan para cambiar la
- En cambio nuestra jurisprudencia y doctrina respecto al tema establece que cuando una persona posee
- Al respecto, nuestra doctrina, también señala que no es fácil cambiar o transformar la simple
- También, puede perderse la posesión por destrucción o pérdida total y finalmente, por la posesión
- Sobre este punto el profesor Ripert señala que "la precariedad, que impide al detentador ser
- Efectivamente nuestro Código Civil no regula en una norma expresa por las cuales se pueden
- La Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las resoluciones
- De igual manera la Sentencia Constitucional 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación no
- III.3. Del principio de congruencia y el art. 265 del Código Procesal Civil
- En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que en
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia, la
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad, que
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- De la revisión al proceso, cursa a fs
- En razón a la afirmación referida por el confesante, conforme al principio de verdad material
- En ese sentido, corresponde establecer que el hecho de que el recurrente pretenda se compute
- Con base en lo expresado, el recurrente no pudo probar los requisitos que la usucapión
- Al efecto corresponde referir que la demanda reconvencional de Pablo Caero Garey cursante de fs
- De lo cual se tiene que la pretensión jurídica con relación a los agravios formulados
- De la revisión a prueba reclamada se tiene que las inspecciones de visu cursantes de
- Respecto a la certificación cursante de fs
- En cuanto al fax a fs
- Del análisis efectuado se tiene que la resolución impugnada, precisó cada prueba reclamada en la
- Por todo lo expresado y siendo únicamente que en esta resolución se adiciona en algunos
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.
