Auto Supremo AS/0137/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2020

Fecha: 21-Feb-2020

En cuanto al fax a fs

En cuanto al fax a fs. 391, se tiene que la misma refiere al lugar de procedencia de la demandante, la cual no tiene relación con la usucapión reclamada, por otra parte, respecto a las testificales reclamadas cursantes a fs. 438, 439, 442, 448 y 450, el Auto de Vista citó jurisprudencia y expresó que: “se aclara que estas declaraciones son insuficientes para acreditar la posesión pública, ininterrumpida, pacífica y continuada del reconvencionista Pablo Caero Garey, en el sentido de que las declaraciones testificales afirman la posesión de muchos años de los padres del demandado, empero ese hecho no significa la posesión del inmueble objeto de la litis por parte de Pablo Caero Garey…”