Auto Supremo AS/0141/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0141/2020

Fecha: 21-Feb-2020

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3. Inculparon que se aplicó indebidamente la Ley Nº 620 de 20 de diciembre de 2014, aducen que todas las leyes se dictan para lo venidero, y en este caso la mencionada ley no tiene carácter o efecto retroactivo, y la consolidación municipal, ahora impugnada de una propiedad particular materializada en escritura pública, data del año 1992, cuando no existía la referida ley.
4. Manifestaron, que hubo interpretación errónea y aplicación indebida del art. 778 del Código de Procedimiento Civil, que regula sobre procesos contencioso y contencioso - administrativo, que se activa cuando concurre oposición entre el interés público y privado, que no es el caso en análisis