Auto Supremo AS/0157/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2020-RA

Fecha: 06-Feb-2020

En relación al defecto de errónea valoración de la prueba, el recurrente señala que contrariamente


En relación al defecto de errónea valoración de la prueba, el recurrente señala que contrariamente a lo sostenido por la Sentencia [que concluyó que “la víctima hubiera sido agredida físicamente por el acusado para luego tener relaciones y posteriormente asfixiarla con una colcha blanda” (sic)] en juicio oral, la defensa estableció que el imputado no se encontraba en el lugar de los hechos antes de la muerte de la víctima, “12 horas antes del levantamiento del cadáver que fue el 20/04/2015” (sic). En ese orden, aclara que, la prueba no fue debidamente valorada, pues se estableció la autoría solamente con indicios, algo que, le causa agravio por cuanto, “el hecho no se hubiera cometido en fecha 18 de abril de 2015 como lo mencionan en la sentencia existiendo una contradicción en el tiempo de la muerte siendo que 12 horas antes del levantamiento del cadáver sería en fecha aproximada 20/04/2019 a horas 089:00 a.m. por lo que existe una duda razonable de que ambas personas [hubiesen] salido en algún momento del cuarto incluso la misma víctima estando sola pudo haber salido desde el 18/04/2019…hasta la fecha del presunto hecho” (sic)