Auto Supremo AS/0187/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

III.3.2. Del defecto de Sentencia previsto en el inc. 6) del art. 370 del CPP


En consecuencia, por los argumentos anteriormente referidos por esta Sala Penal, resulta evidente que el Tribunal de alzada no emitió una respuesta debidamente fundamentada en vulneración al debido proceso, al no otorgar una respuesta expresa, clara, completa, legítima y lógica, por lo que deviene el motivo en fundado.

III.3.2. Del defecto de Sentencia previsto en el inc. 6) del art. 370 del CPP