Auto Supremo AS/0084/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0084/2020

Fecha: 03-Mar-2020

Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs

I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por ambas partes de fs. 143 a 145 vta., y de fs. 148 a 151 vta., la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 43/2019 de 24 de mayo, cursante de fs. 161 a 167 vta.., declaró la admisibilidad de los recursos de apelación interpuestos por ambas partes, al haber sido presentados ven plazos determinando la improcedencia de los fundamentos expuestos por los recurrentes en dichos recursos, y en consecuencia, confirma la Sentencia N° 166/2016 de 26 de septiembre.
I.2 Motivos del recurso de casación
Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs. 169 a 174 vta., interpuesto por Álvaro Armando Campero Palacios, en representación legal de la Empresa América Tours SRL., manifestando en síntesis:
Que la mención de los de los arts. 13, 256 y 410 de la CPE, 123 de la Declaración Universal de DD.HH. y los DD..SS. Nos. 28669 y 0495, que son evidentes normas que protegen al trabajador y/o empleado, no pueden ir en contra de las partes en litigio, puesto que al determinar la existencia de una supuesta relación laboral, no hace ni menciona en ningún momento, en cuanto a la prueba no permitida ni valorada por el juzgador de primera instancia, incurriendo en el mismo error consignado en la sentencia