Auto Supremo AS/0126/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2020

Fecha: 09-Mar-2020

CONSIDERANDO II

Conforme a la inversión de la prueba a favor del trabajador, el ente demandado nunca probó que su persona cuente con 65 años de edad, pues tenía la obligación constitucional de respetar el derecho y principio de continuidad de los medios de subsistencia; aclara que a tiempo de recibir el memorándum ni pasó los 60 años de edad.
Asimismo, advierte que el recurso carece de los requisitos establecidos en la norma procesal, ya que no precisa ni fundamenta los agravios sufridos para que en su petición solicite que se case el auto de vista recurrido.
1.3.1. Petitorio. Solicita se declare infundado el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, conforme el art. 220.II CPC.
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo