Auto Supremo AS/0140/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2020

Fecha: 10-Mar-2020

Bajo este contexto legal, revisado el expediente, se evidencia que la ruptura de la relación

Bajo este contexto legal, revisado el expediente, se evidencia que la ruptura de la relación laboral fue a consecuencia de despido intempestivo y no por “robo o hurto por el trabajador”; en consecuencia, la norma es clara en sentido de que se debe pagar en el plazo de 15 días de la fecha del retiro al trabajador o empleador los beneficios sociales y derechos colaterales, que en caso de incumplimiento se aplica la normativa señalada precedentemente; por tanto, lo resuelto por el Tribunal de apelación, así como por la Juez de primera instancia, se encuentra correcto y apegado a derecho; más aún, cuando de manera textual la Juez señala: “En todo caso, los montos cancelados por el empleador dentro del plazo señalado, está liberado de la mencionada multa”, de modo que no se encuentra vulneración normativa al respecto