Auto Supremo AS/0140/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2020

Fecha: 10-Mar-2020

En el caso en análisis, el recurrente no acreditó prueba idónea conforme prevén los arts

En el caso en análisis, el recurrente no acreditó prueba idónea conforme prevén los arts. 3 inc. h), y 150 del CPT; es decir, no cumplió su obligación procesal de la inversión de la prueba, al respecto la Sentencia de grado a fs. 251, señaló: “que no existe prueba que acredite que el demandante fue el autor del hecho ilícito del 17/12/2016, más si se sometió a investigación penal que a la fecha se desconoce su resultado, porque justamente el demandante nunca fue sometido a una audiencia cautelar, siendo evidente que fue despedido en forma intempestiva como señala en su demanda. En consecuencia se da por cierto que efectivamente el demandante fue despedido en forma intempestiva el 09 de enero de 2017, por lo que corresponde el pago de indemnización y del desahucio, como se tiene previsto en el art. 13 de la LGT y DS N° 110 de 2009, por el tiempo trabajado”