Así planteado el recurso de casación o nulidad, ingresando a su análisis con relación al
Admisión:
Mediante Auto de 8 de octubre de 2019 (fs. 406), la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia resolvió admitir el recurso de casación, de fs. 393 a 395, interpuesto por la Unidad de Negocios, Especias y Condimentos (UNEC SA), representada por Jesús Flores Ovando, por lo que se pasa a resolver:
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Así planteado el recurso de casación o nulidad, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido, los antecedentes del proceso, se tiene lo siguiente:
Previamente a ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de interposición del recurso de casación o nulidad carece de técnica jurídica, pues la jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el recurso de casación se asimila a una demanda nueva de puro derecho utilizada para invalidar una Sentencia o Auto definitivo en los casos expresamente señalados por Ley, además debe considerarse que, el recurso de casación puede ser formulado en el fondo y en la forma, teniendo el primero por objetivo, modificar el contenido de un Auto definitivo, Sentencia o Auto de Vista, al evidenciarse que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando, y tienden a buscar una modificación del Auto de Vista que se recurre, ante una errónea aplicación, mala interpretación, vulneración o violación de la normativa sustantiva; por otro lado, el recurso de casación en la forma, buscará como finalidad la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo, cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, sancionadas con nulidad por ley y que conlleven afectación del debido proceso, por errores de procedimiento o denominados in procedendo
Mediante Auto de 8 de octubre de 2019 (fs. 406), la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia resolvió admitir el recurso de casación, de fs. 393 a 395, interpuesto por la Unidad de Negocios, Especias y Condimentos (UNEC SA), representada por Jesús Flores Ovando, por lo que se pasa a resolver:
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Así planteado el recurso de casación o nulidad, ingresando a su análisis con relación al Auto de Vista recurrido, los antecedentes del proceso, se tiene lo siguiente:
Previamente a ingresar en el análisis de la problemática planteada, se debe dejar claramente establecido que el memorial de interposición del recurso de casación o nulidad carece de técnica jurídica, pues la jurisprudencia sentada por este Tribunal, estableció que el recurso de casación se asimila a una demanda nueva de puro derecho utilizada para invalidar una Sentencia o Auto definitivo en los casos expresamente señalados por Ley, además debe considerarse que, el recurso de casación puede ser formulado en el fondo y en la forma, teniendo el primero por objetivo, modificar el contenido de un Auto definitivo, Sentencia o Auto de Vista, al evidenciarse que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando, y tienden a buscar una modificación del Auto de Vista que se recurre, ante una errónea aplicación, mala interpretación, vulneración o violación de la normativa sustantiva; por otro lado, el recurso de casación en la forma, buscará como finalidad la nulidad de la resolución recurrida o del proceso mismo, cuando se hubieren violado las formas esenciales del proceso, sancionadas con nulidad por ley y que conlleven afectación del debido proceso, por errores de procedimiento o denominados in procedendo
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Argumentos del Recurso de Casación
- 2
- 3
- 4
- Sobre el pago de costas y costos, invoca el art
- Petitorio
- Contestación al recurso
- Refiere que los supuestos agravios como el pago del bono dominical, pago del bono de
- Así planteado el recurso de casación o nulidad, ingresando a su análisis con relación al
- En el caso de autos, omite la recurrente que tanto el recurso en la forma
- A pesar de lo señalado, con el fin de dar una solución al conflicto, bajo
- 1
- Con relación a este punto reclamado, en primera instancia la recurrente se limita a indicar
- A lo expuesto, este punto versa sobre la controversia de pago o no del salario
- Sobre el pago de costas y costos, invocando el art
- Como se puede advertir, la empresa recurrente no señala cómo y en qué forma el
- En mérito a los argumentos señalados, corresponde a este Tribunal Supremo, dar aplicación a lo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
