De la lectura de los cinco puntos denunciados, se puede inferir que se desarrollan en
Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá el recurso de casación en la forma y en él fondo, a continuación, corresponde hacer un análisis de todo el proceso y cómo ha sido su desarrollo, respecto a la denuncia expuesta como infracción:
Respecto al recurso de casación
De la lectura de los cinco puntos denunciados, se puede inferir que se desarrollan en base a los descuentos que el actor es sujeto por parte de la empresa Minera Huanuni, que hasta la fecha de la interposición de la demanda sumaban 20.000,00 Bs., indicando que esos descuentos son ilegales ya que nacen de un préstamo que se hizo en el año 2007, a una comisión de 84 trabajadores, a los que se les debió descontar por tres meses de sus sueldos hasta completar el pago de lo adeudado, sin embargo, solamente y como se dijo antes, al único que se le está descontando es al demandante, con el argumento de que se trataban de recursos de fondos en avance sujetos a rendición de cuentas, y al no haber rendido las mismas, se optó por el descuento del 20% de sus haberes mensuales; denunciando el recurrente que el auto de vista que revoca la sentencia y que declara Improbada la demanda, no considera el Reglamento de Fondos en Avance, norma en la que habrían basado para los descuentos al dirigente ahora demandante que no dio cumplimiento y menos demostró el uso de esos dineros
Respecto al recurso de casación
De la lectura de los cinco puntos denunciados, se puede inferir que se desarrollan en base a los descuentos que el actor es sujeto por parte de la empresa Minera Huanuni, que hasta la fecha de la interposición de la demanda sumaban 20.000,00 Bs., indicando que esos descuentos son ilegales ya que nacen de un préstamo que se hizo en el año 2007, a una comisión de 84 trabajadores, a los que se les debió descontar por tres meses de sus sueldos hasta completar el pago de lo adeudado, sin embargo, solamente y como se dijo antes, al único que se le está descontando es al demandante, con el argumento de que se trataban de recursos de fondos en avance sujetos a rendición de cuentas, y al no haber rendido las mismas, se optó por el descuento del 20% de sus haberes mensuales; denunciando el recurrente que el auto de vista que revoca la sentencia y que declara Improbada la demanda, no considera el Reglamento de Fondos en Avance, norma en la que habrían basado para los descuentos al dirigente ahora demandante que no dio cumplimiento y menos demostró el uso de esos dineros
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Jersson Mollinedo Garncia, en su escrito de fs
- El Juez del Tribunal Primero de Sentencia, Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia de
- I.2. Auto de Vista
- Contra esta decisión, el actor interpuso recurso de apelación, mediante memorial de fs
- De la misma forma, las cifras no coinciden ya que se indica que se entregó
- Sobre la valoración de la prueba testifical de fs
- Ya que el Ad quem, no explica por qué dio valor probatorio a algunos aspectos
- 3
- El ad quem, indica que el juez a quo respalda su decisión en el art
- Refiere que el auto de vista impugnado, en la parte final del Considerando III, indica
- a) es una resolución abusiva ya que se refiere a que el reglamento de fondos
- b
- c
- d
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido y declare Improbada la demanda
- Corrido en traslado el recurso de casación, el actor contesta al mismo, mediante memorial de
- Concluye solicitando Rechazar la solicitud de contrario
- Consideraciones previas
- Los arts
- Para tal efecto, el tribunal que conocerá un recurso de casación, sea en la forma
- Argumentos de derecho y, de hecho
- De la lectura de los cinco puntos denunciados, se puede inferir que se desarrollan en
- La jurisprudencia constitucional es clara, respecto dela inembargabilidad de sueldos; Sentencia Constitucional Plurinacional 1775/2013, de
- La Constitución Política del Estado, reconoce de manera amplia los derechos sociales, su importancia radica
- En principio, es importante considerar el contenido del art
- 2. A una fuente laboral estable, en condiciones equitativas y satisfactorias
- (…)” (las negrillas nos corresponden)
- La precitada norma constitucional tiene un contenido amplio de diferentes elementos que compone el “derecho
- En ese sentido, se debe partir señalando que, la Ley Fundamental del Estado efectivamente reconoce
- Otra de las peculiaridades a ser resaltada, es la relativa a la libre disposición salarial,
- Ahora bien, consideramos que el punto principal de la presente Resolución es establecer la prohibición
- Como se podrá entender, el derecho al trabajo con un salario justo tiene estrecha vinculación
- La inembargabilidad del salario tiende además a garantizar no sólo los derechos del trabajador, sino
- 2
- Sin embargo, la norma citada precedentemente, otorga la posibilidad de que se efectúe el embargo
- 2) Las pensiones, jubilaciones montepíos, rentas de vejez, invalidez y demás beneficios sociales establecidos legalmente
- (…)”
- En el marco legal descrito, se evidencia que, el Tribunal de Alzada no incurrió en
- Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley 1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
