Auto Supremo AS/0161/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0161/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Sin embargo, la norma citada precedentemente, otorga la posibilidad de que se efectúe el embargo

Sin embargo, la norma citada precedentemente, otorga la posibilidad de que se efectúe el embargo del salario en los límites y formas establecidas por la legislación interna de cada estado. Así, el art. 179 del CPC, dispone: “(Bienes inembargables) Son bienes inembargables:
1) El ochenta por ciento del total mensual percibido por concepto de sueldo o salario, excepto el caso de la asignación por asistencia familiar en que el embargo podrá ser mayor de dicho porcentaje