Auto Supremo AS/0231/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2020

Fecha: 19-Mar-2020

Expresó que si bien la decisión de un caso puede comenzar con la revisión de

Expresó que si bien la decisión de un caso puede comenzar con la revisión de la jurisprudencia o de un precedente determinado, el juez o tribunal no debe limitarse a este, en la aplicación del derecho, como sucedió en el presente caso, pues el precedente ordinario que emana del Tribunal Supremo de Justicia no remplaza la Constitución Política del Estado, más aún cuando a lo largo de la historia se ha advertido que existen precedentes contradictorios, los que tuvieron que ser modificados con un mejor estudio