Auto Supremo AS/0233/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0233/2020-RA

Fecha: 04-Mar-2020

El tercer motivo planteado por los recurrentes, circunscribiéndose a la compulsa de las pruebas, expresa:


El tercer motivo planteado por los recurrentes, circunscribiéndose a la compulsa de las pruebas, expresa: a) la vulneración de los arts. 3 y 12 del CPP por el Tribunal de Apelación, al no otorgar a todos los sujetos procesales una debida condena, limitándose a la descripción de pruebas aportadas por la parte querellante, para sustentar la Sentencia, sin fundamentar su relación entre sí; b) la vulneración de su derecho a la individualización respecto a los implicados, cambiando el Tribunal de Apelación su condena, sin la verificación de las pruebas y concurrencia de agravantes establecidas en el art. 292 bis. del CP; debiendo haber aplicado una sanción menor, tomando en cuenta que los recurrentes son de la tercera edad; c) la revalorización de la prueba por parte del Tribunal de Alzada, para la imposición de una condena de 30 años. Advirtiendo de tal manera, que en el presente motivo, de igual forma al primer motivo, se cumplió con la carga argumentativa suficiente que establece una probable contradicción con el Auto Supremo 317 de 13 de junio de 2003, invocado como precedente contradictorio, por los recurrentes, razón por la cual corresponde la admisión del motivo ante la observancia de la carga procesal impuesta a quien recurre de casación