Auto Supremo AS/0237/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Del análisis de la sentencia, se verifica que lo aseverado no es evidente, el proceso

Del análisis de la sentencia, se verifica que lo aseverado no es evidente, el proceso fue admitido y tramitado conforme a reglas del proceso ordinario. Sobre la no fijación de puntos de hecho a probar conforme establece el art. 427 inc. j) de la Ley N° 603, la autoridad judicial omitió establecer los puntos de hecho a probar, pero no fue reclamada oportunamente por la recurrente y por el principio de convalidación, al no deducir la nulidad del acto viciado en la primera actuación la recurrente ha otorgado su conformidad al mismo y no existe causa para dar curso a la nulidad, que conforme la SC Nº 1620/2010–R de 15 de octubre que cita a la SC Nº 1667/2004-R de 14 de octubre, el reclamo se halla precluido al no solicitar la fijación de los puntos de hecho a probar en audiencia preliminar o inmediatamente después perdiendo la oportunidad de reclamar la omisión procesal