Auto Supremo AS/0237/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0237/2020

Fecha: 20-Mar-2020

En cuanto a la omisión de emitir sentencia en audiencia complementaria el principio de trascendencia

En cuanto a la omisión de emitir sentencia en audiencia complementaria el principio de trascendencia establece que para proceder la nulidad debe haber un perjuicio cierto e irreparable, en el caso no se demostró agravio o perjuicio sufrido, la sentencia fue puesta a conocimiento dentro de los tres días siguientes a la audiencia complementaria conforme el art. 430 de CPFF, por lo que el fundamento no es suficiente para declarar nulidad de obrados