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    Auto Supremo AS/0238/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0238/2020-RA

    Fecha: 04-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 4, 5 de noviembre de 2019 y 13 de enero de
    • Por Sentencia 2/2019 de 7 de enero (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, la Fiscalía y Juan Carlos Mamani Morales formularon recursos de apelación
    • siguientes motivos
    • Por otra parte, la Fiscalía acusa la “vulneración al debido proceso en su componente incongruencia
    • II
    • Asimismo, la Policía denuncia que el Tribunal de alzada ante su primer reclamo de apelación
    • Por otro lado, la institución recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado en relación
    • Denuncia la parte recurrente que el Tribunal de alzada no realizó la respectiva fundamentación de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En el caso de Autos se advierte que el 25, 29 de octubre de 2019
    • IV.1. Del recurso de casación de la Fiscalía
    • En cuanto a los motivos primero y segundo, el Ministerio Público denuncia que el Tribunal
    • Por otra parte, se evidencia que en ambos motivos se reclamó la vulneración de derechos
    • IV.2. Del recurso de casación de la FELCN
    • Respecto a los motivos primero, segundo y tercero, acusa la parte recurrente de que el
    • Por otra parte, en el primer motivo se reclamó la vulneración de derechos constitucionales, y,
    • IV.3. Del recurso de casación de la Juan Carlos Mamani Morales
    • Al respecto, esta Sala Penal evidencia que el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno, en
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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