Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a formular una simple denuncia de actividad procesal defectuosa sin la debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular las denuncias vinculadas a la existencia de defectos absolutos, teniendo la obligación de cumplir con las siguientes exigencias: a) proveer los antecedentes de hecho generadores del recurso; b) precisar el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido; c) detallar con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía; y, d) explicar el resultado dañoso emergente del defecto
- Por memoriales presentados el 4, 5 de noviembre de 2019 y 13 de enero de
- Por Sentencia 2/2019 de 7 de enero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, la Fiscalía y Juan Carlos Mamani Morales formularon recursos de apelación
- siguientes motivos
- Por otra parte, la Fiscalía acusa la “vulneración al debido proceso en su componente incongruencia
- II
- Asimismo, la Policía denuncia que el Tribunal de alzada ante su primer reclamo de apelación
- Por otro lado, la institución recurrente acusa que el Auto de Vista impugnado en relación
- Denuncia la parte recurrente que el Tribunal de alzada no realizó la respectiva fundamentación de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de Autos se advierte que el 25, 29 de octubre de 2019
- IV.1. Del recurso de casación de la Fiscalía
- En cuanto a los motivos primero y segundo, el Ministerio Público denuncia que el Tribunal
- Por otra parte, se evidencia que en ambos motivos se reclamó la vulneración de derechos
- IV.2. Del recurso de casación de la FELCN
- Respecto a los motivos primero, segundo y tercero, acusa la parte recurrente de que el
- Por otra parte, en el primer motivo se reclamó la vulneración de derechos constitucionales, y,
- IV.3. Del recurso de casación de la Juan Carlos Mamani Morales
- Al respecto, esta Sala Penal evidencia que el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno, en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
