Auto Supremo AS/0250/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0250/2020

Fecha: 20-Mar-2020

De la revisión al Auto de Vista Nº 256/2016 cursante de fs

2. En referencia con la vulneración de los arts. 236 del Código de Procedimiento Civil y 265.I del Código Procesal Civil, al omitir pronunciamiento sobre varios agravios expuestos en el recurso de apelación, con relación a los arts. 9 y 219 del CPC, art. 56 de la Ley de Organización Judicial y 122 de la CPE, acreditando una total ausencia de fundamentación en el fallo de segunda instancia.
De la revisión al Auto de Vista Nº 256/2016 cursante de fs. 382 a 384, se tiene que extractó los agravios y en relación a la normativa citada como no respondida respecto al art. 9 y 219 del CPC, art. 56 de la Ley Nº 025 y art. 122 de la CPE, en alusión a que el A quo actuó sin competencia, refirió que: “…Asimismo, la competencia del Juez respecto al incidente de nulidad se encuentra establecida en el art. 3 inc.1) del CPC, que de forma categórica establece que es deber del Juez cuidar que el proceso se desarrolle sin vicios del nulidad”