Auto Supremo AS/0251/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2020

Fecha: 20-Mar-2020

CONSIDERANDO III

La codemandada Katia Bertha Vega Salinas mediante su representante legal, repelió el escrito de casación, manifestando que los reclamos son falsos, porque según la jurisprudencia del Alto Tribunal, el mejor derecho propietario también puede establecerse cuando proviene de distintos propietarios.
Contra los argumentos de fondo, señaló que la pretensionista es quien estaba manipulando y articulando el accionar de Mercedes Durán Castedo en el proceso interdictal de retener la posesión.
CONSIDERANDO III:
DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.1. La motivación de la decisión judicial.
El art. 218 del Código Procesal Civil, establece que: “I. El auto de vista es el fallo de segunda instancia que deberá cumplir con los requisitos de la sentencia en todo lo que fuera pertinente”