Auto Supremo AS/0257/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0257/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En el caso de autos el recurrente arguyo que el proceso se llevó adelante con

En el caso de autos el recurrente arguyo que el proceso se llevó adelante con un personero nominal y no real. En merito a ello corresponde establecer que conforme establece el articulo 112 del Código Procesal del Trabajo; “La parte demanda cuando fuere una persona jurídica de derecho privado, al no contestar la demanda podrá acreditar su existencia, lo mismo que la calidad de representante de ella que invoque quien actúe en su nombre, con las pruebas que señale la Ley”, en ese sentido, conforme prescribe el artículo 127 a) del Código Procesal del Trabajo, el demandado pudo plantear la excepción previa de personería, sin embargo, dejó precluir su derecho por su propio descuido, dejando que opere el artículo 3 inciso e) de la normativa precitada, por cuanto el recurrente no puede reclamar en esta instancia procesal lo que en derecho le correspondió hacerlo en su momento conforme a la normativa que hace a la materia. No observándose vulneración alguna por el Tribunal de Alzada de la normativa reclamada, así como del artículo 115. II de la Constitución Política del Estado