En consecuencia, resulta evidente que el recurrente no cumplió con los presupuestos exigidos para su
En consecuencia, resulta evidente que el recurrente no cumplió con los presupuestos exigidos para su procedencia, denotando el incumplimiento de las previsiones contenidas en los arts. 297 y 301 del CPP; situación que amerita declarar improcedente el recurso intentado, ante el incumplimiento de los requisitos exigidos para el planteamiento del recurso de casación, en sujeción a lo establecido en el art. 307 inc. 1) del CPP de 1972
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- La presente calificación de responsabilidad civil emerge del fenecido proceso penal seguido por Santiago Rigoberto
- Dicha resolución fue apelada por el demandante Santiago Rigoberto Arce San Martín y los procesados
- Se formula demanda de calificación de responsabilidad civil por Santiago Rigoberto Arce San Martín contra
- Ante dicha Sentencia el procesado Juan Oswaldo Maldonado Morato y el denunciante Santiago Rigoberto Arce
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- El Auto de Vista, pese a que la Sentencia señalaría en su considerando IV, párrafo
- I.2. Requerimiento Fiscal
- Por decreto de 3 de enero de 2020, se dispuso VISTA FISCAL, cursante a fs
- Por mandato de la Disposición Transitoria Primera del Código de Procedimiento Penal vigente, tomando en
- II.1. El recurso de casación en el Código de Procedimiento Penal abrogado de 1972
- De la disposición contenida en el art
- En el tema relacionado a los recursos, el art
- Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación
- Asimismo, el art
- II.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la cuestión temporal con relación al cumplimiento del art
- De lo analizado es preciso afirmar que en relación a las normas supuestamente infringidas, en
- En consecuencia, resulta evidente que el recurrente no cumplió con los presupuestos exigidos para su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal cursante
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
