Por decreto de 3 de enero de 2020, se dispuso VISTA FISCAL, cursante a fs
Por decreto de 3 de enero de 2020, se dispuso VISTA FISCAL, cursante a fs. 1685, habiendo la representación del Ministerio Público emitido el Requerimiento de fs. 1689 a 1691, señalando que el Juez A quo consideró oportunamente los puntos extrañados por el recurrente, siendo confirmados por el Auto de Vista de 28 de mayo de 2019; por lo que, correspondería resolver tal cual la propia jurisprudencia emanada por la Corte Suprema de Justicia que deja establecido que se debe especificar claramente los motivos de nulidad o los motivos de casación invocados en el recurso, lo contrario implicaría la improcedencia del recurso tal como lo establecería el Auto Supremo 401 de 15 de octubre de 2002; motivos por los cuales el Ministerio Público requiere que al no haberse cumplido con los requisitos establecidos para la interposición del recurso de casación se declare improcedente el mismo, conforme la previsión contenida en el art. 307 inc. 2) del CPP72
- Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2019, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- La presente calificación de responsabilidad civil emerge del fenecido proceso penal seguido por Santiago Rigoberto
- Dicha resolución fue apelada por el demandante Santiago Rigoberto Arce San Martín y los procesados
- Se formula demanda de calificación de responsabilidad civil por Santiago Rigoberto Arce San Martín contra
- Ante dicha Sentencia el procesado Juan Oswaldo Maldonado Morato y el denunciante Santiago Rigoberto Arce
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de casación, se extraen los siguientes motivos
- El Auto de Vista, pese a que la Sentencia señalaría en su considerando IV, párrafo
- I.2. Requerimiento Fiscal
- Por decreto de 3 de enero de 2020, se dispuso VISTA FISCAL, cursante a fs
- Por mandato de la Disposición Transitoria Primera del Código de Procedimiento Penal vigente, tomando en
- II.1. El recurso de casación en el Código de Procedimiento Penal abrogado de 1972
- De la disposición contenida en el art
- En el tema relacionado a los recursos, el art
- Ello significa que la norma procedimental citada, prevé que el recurso de nulidad o casación
- Asimismo, el art
- II.2. Análisis del caso concreto
- Respecto de la cuestión temporal con relación al cumplimiento del art
- De lo analizado es preciso afirmar que en relación a las normas supuestamente infringidas, en
- En consecuencia, resulta evidente que el recurrente no cumplió con los presupuestos exigidos para su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el Requerimiento Fiscal cursante
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
