Auto Supremo AS/0261/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2020-RRC

Fecha: 16-Mar-2020

En el tema relacionado a los recursos, el art

En el caso de la tramitación de la Responsabilidad Civil originada del proceso penal fenecido, la normativa pertinente se encuentra comprendida en el Titulo II Capítulo I DE LA CALIFICACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL, arts. 327 al 338 del CPP de 1972, que constituye un procedimiento especial destinado a la determinación o indemnización de los daños y perjuicios ocasionados en favor de la víctima o damnificado como consecuencia de la comisión del delito, calificación que debe ser efectuada por la autoridad jurisdiccional que dispuso la emisión de Sentencia, siempre y cuando hubiere lugar a su determinación o cuantificación.
En el tema relacionado a los recursos, el art. 331 del CPP de 1972, establece: “La sentencia que califique la responsabilidad civil, será apelable ante la Corte Superior del Distrito, en el término de cinco días de su notificación y el auto de vista que se pronuncie, recurrible de nulidad o casación ante la Corte Suprema de Justicia, en el término fatal de ocho días