Auto Supremo AS/0263/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2020-RA

Fecha: 16-Mar-2020

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:

Por Sentencia 8/2018 de 23 de abril (fs. 432 a 467), el Tribunal de Sentencia de Tupiza del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Edgar Gutiérrez Tejerina culpable y autor de la comisión del delito de Incumplimiento de Contrato, tipificado y sancionado por el art. 222 del CP, imponiendo la pena de privación de libertad de seis años, con costas; y, absuelto de pena y culpa por la comisión del delito de Estafa, tipificado y sancionado por el art. 335 del CP.

Contra la mencionada Sentencia, el imputado Edgar Gutiérrez Tejerina (fs. 530 a 539 y vta.), interpuso recurso de apelación restringida, siendo resuelto por Auto de Vista 01/20 de 15 de enero de 2020 (fs. 613 a 620), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró procedente el recurso y en consecuencia dispuso la anulación de la Sentencia apelada, y la realización de juicio de reenvío por un tribunal diferente.

Por diligencias de 29 de enero de 2020 (fs. 621 a 622 Bis.), fueron notificadas las partes con el referido Auto de Vista, solicitando Edgar Gutiérrez Tejerina, explicación, complementación y enmienda por memorial de 29 de enero de 2020 (fs. 623 a 624), resuelto mediante Auto de 30 de enero de 2020 (fs. 625), por el que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró no ha lugar a dicha solicitud, notificándose con la mencionada resolución a las partes el 30 de enero de 2020 (fs. 626 a 627); interponiendo el 4 de febrero de 2020, Carlos Wilfredo Vásquez Bracamonte, y el 5 de febrero de 2020, Edgar Gutiérrez Tejerina, los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad