Auto Supremo AS/0267/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2020

Fecha: 09-Mar-2020

I

I.3. Motivos del recurso de casación.
Habiendo sido notificada María Norma Nina Córdova, con el Auto de Vista Nº 177/2019 de 16 de septiembre, según consta a fs. 169 de obrados, plantea recurso de casación en el fondo, de acuerdo a los siguientes términos:
I.3.1.- El procedimiento de control tributario se caracteriza por tratarse de un procedimiento que se lleva a cabo in situ, a través de acciones directas, en las que el sujeto activo inmediatamente de producida la venta o prestación de servicio, evidencia flagrantemente la falta de emisión de la factura, nota fiscal o documento equivalente, conforme prevé el art. 3 del DS. Nº 28247, aspecto que no fue considerado por los señores de la administración tributaria, quienes se basaron en supuestos, consultando a las personas que se encontraban consumiendo en el establecimiento, aspecto demostrado a través de las declaraciones juradas, las cuales no fueron tomadas en cuenta al momento de emitir la sentencia, por lo que resulta cierto que no se demostró la transacción a través de acciones directas e inmediatas