Auto Supremo AS/0273/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

Al respecto el Auto de Vista sustenta que se constató en las conclusiones primera, segunda,


Al respecto el Auto de Vista sustenta que se constató en las conclusiones primera, segunda, tercera, cuarta y quinta de la Sentencia con base a la valoración conjunta de la prueba, que el convenio N° 212/2008 para la construcción del “Centro Educativo Secundario 25 de Mayo”, con la prefectura de Chuquisaca, en el que se compromete la suma de Bs. 1.000.000.00, por parte de la Prefectura y Bs. 1.648.574,40, por parte del Municipio de Sopachuy, fue concluido, entregado y cerrado en el SICOES; sin embargo, al momento de la suscripción del referido convenio, no se encontraba presupuestado en el POA de dicha gestión 2008, el monto comprometido por el apelante, como Alcalde del Municipio de Sopachuy, como era su deber y le mandaba precisamente el art. 23 del Decreto Supremo 29190 de 11 de julio de 2007, incurriendo en el delito condenado