Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0273/2020-RRC
Fecha: 18-Mar-2020
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 28 de agosto de 2019, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Flores Estrada y Cristian Barrón en representación del
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I.1.1. Motivo del recurso de casación
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Del memorial de recurso de casación interpuesto por Juan Flores Estrada y del Auto Supremo
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Realizando una mención de los antecedentes del proceso refiere que el Auto de Vista impugnado
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Al respecto, señala que el Tribunal de alzada incurre en vulneración de su derecho de
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Al respecto, señala que el Tribunal de alzada confundió las Normas Básicas del Sistema de
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Por otro lado, refiere la vulneración del debido proceso en su componente a obtener la
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I.1.2. Petitorio
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Solicita se deje sin efecto el Auto de Vista y su complementario, a efectos de
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
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En relación a los hechos probados se demostró que el imputado en su calidad de
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También se estableció su calidad de Funcionario Público al estar fungiendo como Alcalde Municipal de
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Defecto absoluto producido en el auto de apertura de juicio oral y el trámite de
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Ilegal declaratoria de rebeldía y su tramitación, donde hubiera invocado el art
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Sobre la denuncia de la existencia de defectos reclamados en su recurso de apelación restringida
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Existencia de errónea aplicación de la Ley sustantiva por errónea aplicación del art
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Inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, con relación al art
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Notificadas las partes con la sentencia emitida, el Tribunal de alzada emitió el Auto de
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Con relación al primer motivo, señala que este motivo se halla vinculado a una apelación
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Respecto del segundo motivo, señala que este motivo también está vinculado a una cuestión incidental
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Con relación al tercer motivo, señala que al igual que los otros motivos esta denuncia
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Respecto del primer motivo, refiere que de la revisión de la Sentencia apelada se advertiría
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Con relación al segundo motivo, señala que en su calidad de MAE era responsable del
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El referido fallo declaró como único motivo fundado el cuarto agravio expuesto por el recurrente
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Por lo referido, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declara fundado el recurso
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II.4. Del Auto de Vista impugnado
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La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró improcedente el recurso
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Al respecto el Auto de Vista sustenta que se constató en las conclusiones primera, segunda,
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En el recurso de casación planteado se denuncia que el Tribunal de alzada no cumplió
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III
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En la eventualidad de aplicación divergente de una misma norma en diversos casos o bien
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El ordenamiento jurídico boliviano en materia penal, establece claramente que los fallos del Tribunal Supremo
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El art
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En este ámbito, esta Sala emitió el Auto Supremo 037/2013-RRC, de 14 de febrero, que
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Respetando el principio constitucional de celeridad, los Tribunales y Jueces inferiores, están obligados a cumplir
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Por otra parte, ante la advertencia de falta de fundamentación en la Sentencia, que no
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III.2. Análisis del caso concreto
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Con relación al único motivo, en el que se denuncia que el Tribunal de alzada
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“…Finalmente sobre el punto “I
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Por lo referido, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, declaró fundado el recurso
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Del Auto de Vista impugnado se puede observar, que en primer lugar cumple con el
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Por lo señalado, se observa también, que el Auto de Vista constató el contenido de
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En ese sentido, este Tribunal advierte que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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FDO
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Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
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