Auto Supremo AS/0275/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2020-RRC

Fecha: 18-Mar-2020

De lo anterior se tiene que la doctrina legal del referido precedente contradictorio emerge de

De lo anterior se tiene que la doctrina legal del referido precedente contradictorio emerge de la normativa abrogada contenida en el Código de Procedimiento Penal de 1972 y determina la existencia de contradicción con Autos Supremos en los cuales se aplicó el Código de Procedimiento Penal de 1972, señalando: “se evidencia que el auto de vista recurrido es contrario a los precedentes invocados contenidos en los AA.SS. Nos. 158/81, 23/83, 217/83, 179/90, los mismos que establecen que la omisión de los requisitos de toda sentencia tal cual prescribe el art. 242 del Cod. Pdto. Pen., constituye causal de anulación al tenor del art. 297-7)” (sic), por lo cual se tiene que la Doctrina legal está enfocada a la obligación de los Tribunales de Sentencia y los Jueces, en el cumplimiento de los requisitos que debe contener toda sentencia, cuando en el caso de autos la denuncia no está referida al cumplimiento de los requisitos de una sentencia si no a la falta de pronunciamiento del Tribunal de Alzada. Por lo anteriormente señalado, se evidencia que el Auto Supremo invocado como precedente contradictorio no emerge de una situación de hecho análoga a la denunciada en el caso