Auto Supremo AS/0286/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

El precedente establece la forma en la que todo Juez o Tribunal debe adscribir su


El precedente establece la forma en la que todo Juez o Tribunal debe adscribir su criterio en Sentencia, así como la labor que debe ejercer el Tribunal de apelación; y, siendo así, tal como se pudo observar en el desarrollo de la fundamentación realizada en Sentencia, no se ha podido determinar óbice alguno que pueda establecer que efectivamente se encontraba insuficientemente fundamentada, más al contrario, ha sido clara al señalar la pertinencia y relevancia probatoria, así como la relación de la prueba con los hechos y la responsabilidad del acusado; sobre lo cual, el Tribunal de apelación, si bien realizó una precisión escueta en el punto 4to, así como una relación imprecisa en el punto 4.1 del Auto de Vista impugnado, tal cuestión no puede ser tachada como inadecuada, considerando que posteriormente, en el punto 5to del CONSIDERANDO III, constató efectivamente que no se acredita lo contrario de lo compulsado por este Tribunal de casación, que justifique la aplicación del precedente en sentido de disponer la reposición de la Sentencia; por lo que el Auto de Vista no puede ser contrario a la doctrina sentada por el precitado precedente ordinario, al constatarse la alegada inconcurrencia de fundamentación insuficiente de la Sentencia