Auto Supremo AS/0286/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0286/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Por ello, el Tribunal de apelación, no pudo haber incurrido en falta de fundamentación o


Por ello, el Tribunal de apelación, no pudo haber incurrido en falta de fundamentación o motivación sobre el motivo apelado en contradicción al precedente invocado del Auto Supremo 248/2012-RRC de 10 de octubre, porque como se pudo determinar de la compulsa realizada, el ad quem, resolvió el punto aludido en el defecto de Sentencia, expresando la lógica razonada en Sentencia para explicar en los puntos 4to y 5to del Auto de Vista, el por qué se generó el delito previsto por el art. 272 bis num. 1 del CP en aplicación del precepto previsto por el art. 398 del CPP, consiguientemente, el presente motivo de casación, no encuentra sustento de procedencia, al no establecerse que el Auto de Vista impugnado sea contrario con el precedente invocado, cuando el fallo emitido en alzada fue el resultado del planteamiento ejercido por la parte en su actividad recursiva y el reflejo de lo razonado en Sentencia; y, al haberse procedido en ese sentido, el Auto de Vista por lógica consecuencia ha contemplado en sus motivos y fundamentos razón suficiente, situación ante la cual, este Tribunal de casación, ratifica la no contradicción pretendida, deviniendo en consecuencia infundado el motivo analizado