Auto Supremo AS/0293/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0293/2020-RRC

Fecha: 20-Mar-2020

Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Pastor Oroza (fs


Por Sentencia de 30 de marzo de 2010 (fs. 176 a 182 vta.), el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Juan Pastor Oroza, autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente con Agravante, previsto y sancionado por el art. 308 bis concordante con el art. 310 incs. 2) y 7) del CP, imponiendo la pena de veintidós años y seis meses de presidio, sin derecho a indulto, más costas.

Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan Pastor Oroza (fs. 145 a 206 vta.), formuló recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista de 2 de diciembre de 2010, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró parcialmente procedente el recurso planteado y en consecuencia, dictó nueva Sentencia declarando al imputado autor y culpable de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente con Agravante, previsto y sancionado por el art. 308 bis concordante con el art. 310 inc. 2) del CP, fijando la pena de veinte años de presidio, sin derecho a indulto; quedando habilitado el procedimiento especial para la reclamación de los daños y perjuicios que correspondan, motivando la presentación del recurso de casación