Auto Supremo AS/0352/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0352/2020

Fecha: 09-Mar-2020

La actora fue despedida de forma justificada porque cometió los siguientes actos irregulares: a) Incrementó

2.2. Vulneración del control de legalidad que debió cumplir el Ad quem
Al haberse tutelado un bono de antigüedad diferenciado, diferente al establecido en el DS 21060 de 29 de agosto de 1985, con escala aplicable a todos los sectores laborales. Citó al efecto el AS 050/2014 de 28 de abril.
El bono de antigüedad de las gestiones 2009 a julio de 2013, fue calculado sobre la base del salario básico y no sobre de tres salarios mínimos nacionales como establece la Ley General del Trabajo.
2.3. Indebida tutela respecto al retiro
La actora fue despedida de forma justificada porque cometió los siguientes actos irregulares: a) Incrementó su salario, aunque la normativa señalada precedentemente, señalaba que no era obligatorio, así las pruebas literales de fs. 96 a 101; b) Los indicados incrementos fueron realizados sin autorización del Consejo Fiduciario y ocasionaron un grave daño económico a la Fundación IDEA (literales de fs. 102 a 105, 109 y 293); c) Realizó cálculos ilegales del bono de antigüedad a su favor, sobre la base de su salario básico de Bs20.475,20, apartándose de las normas contenidas en los DDSS 21060, 22137 y 23474 (pruebas de fs. 163 y 263) y sobre, el Reglamento Interno de la Fundación IDEA (prueba de fs. 140 a 141); d) Calculó su bono de antigüedad sobre la base de un tiempo de servicios de más de 20 años, cuando en realidad solo tenía 8 y algo más de trabajo, elaborando la planilla salarial del mes de julio de 2014