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    Auto Supremo AS/0364/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0364/2020

    Fecha: 09-Mar-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I.1. Antecedentes del proceso
    • Que, tramitado el proceso coactivo social el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social
    • I.2. Auto de Vista
    • I.3 Motivos del recurso de casación
    • El recurrente señala que el auto de vista viola el principio de congruencia al no
    • Así mismo manifiesta que el tribunal de alzada de forma por demás lesiva desconociendo
    • Acusa la violación e interpretación errónea del art
    • Argumenta violación e interpretación errónea de la excepción de fuerza coactiva pues se pretende cobrar
    • Señala violación y falta de valoración de la excepción de pago documentado en relación a
    • Alega violación e interpretación errónea del art
    • En su petitorio solicita REVOQUE el Auto de Vista N° 39/209 de 14 de mayo
    • I.4. Respuesta al recurso de casación
    • El referido recurso de casación fue respondido en forma negativa por escrito de fs
    •  Que, así formulado el recurso de casación en el fondo y en la forma, se
    • Como es evidente la aludida norma, plasma los procedimientos ante la eventual oposición de excepciones
    • En criterio de la Sala, cuando la norma hace alusión a la frase o reclamos que
    • Con referencia a los puntos 2 y 3 establecer que, de la lectura del memorial
    • Cabe señalar al efecto que el error de derecho, doctrinalmente es entendido como una operación
    • Por su parte, el error de hecho constituye una operación racional fallida sobre, esta vez,
    • En ese marco, el Tribunal de Casación no tiene atribuciones para hacer otra y nueva
    • Bajo el razonamiento que precede, se concluye que el Tribunal Ad quem a tiempo de valorar la
    • A ello, el DL Nº 18494 de 13 de julio de 1981, mediante su art
    • Asimismo, corresponde recordar el correcto entendimiento que debe otorgarse a lo establecido al respecto por
    • En ese sentido, se tiene que la prescriptibilidad de los aportes a la seguridad social
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Supremo Tribunal de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar

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