Auto Supremo AS/0366/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Respecto a la obligación de confidencialidad, señaló que dicha obligación es una premisa básica para

Respecto a la obligación de confidencialidad, señaló que dicha obligación es una premisa básica para que cualquier persona sea contratada por la Embajada (no sólo para la demandante). Por este motivo, no se puede negar que todo trabajador de la Embajada se comprometió voluntariamente a mantener en reserva toda información que se propicie en el ámbito de la Embajada, en relación al cuerpo diplomático y en aquellos temas de interés para el gobierno de la República Federativa del Brasil